El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) oficializó un nuevo marco regulatorio para la emisión de facturas y documentos fiscales en todo el territorio nacional. La medida fue establecida mediante la Providencia Administrativa publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.484, con fecha del 21 de octubre de 2026, con el objetivo de modernizar los procesos de facturación e integrar soluciones tecnológicas en el comercio venezolano.
Entre los aspectos más relevantes de esta normativa destaca la eliminación de la obligatoriedad en el uso de máquinas fiscales para el ejercicio de la actividad comercial. A partir de esta disposición, la decisión de adoptar o mantener estos equipos recae exclusivamente en la voluntad del contribuyente, sin que constituya un requisito excluyente ni una condición obligatoria ante la Administración Tributaria.
Asimismo, la providencia fija el cese definitivo de las formas libres y formatos tradicionales elaborados por imprentas autorizadas. Los sujetos pasivos podrán emplear los inventarios existentes hasta su total agotamiento o hasta la entrada en vigencia plena de la norma; una vez cumplido este lapso, los talonarios restantes no utilizados deberán ser anulados y desincorporados formalmente, conservando únicamente los formatos físicos destinados a casos de contingencia.
Para facilitar la transición hacia la facturación digital, el SENIAT dispondrá de canales institucionales gratuitos a través de un portal web y un aplicativo móvil, permitiendo la generación, transmisión y almacenamiento digital de documentos fiscales. Adicionalmente, las empresas mantendrán la opción de operar mediante imprentas digitales o proveedores tecnológicos autorizados que se adapten a sus dinámicas operativas.
Esta Providencia Administrativa entrará en vigencia transcurridos 180 días continuos contados a partir de su publicación en Gaceta Oficial. Durante este período de adaptación, el sector comercial y empresarial del país deberá adecuar sus sistemas y procedimientos administrativos a los nuevos medios de emisión autorizados.
Fuente: Banca y negocios
KP/AVISA PRENSA
CNP 26.048

