Alrededor de 110 organizaciones nacionales de protección y defensa de los animales, solicitarán nuevamente ante la Asamblea Nacional (AN) la reforma de la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, vigente desde enero del año 2010.
En los próximos días las organizaciones agrupadas en el Frente por los Derechos de los Animales tendrán un derecho de palabra en la comisión de Ambiente, en el que plantearán la necesidad de hacer una “reforma profunda” al instrumento legal que califican de ineficaz, y que “beneficia más al hombre que a los animales”.
Así lo informó en entrevista exclusiva a Noticias24 la directora de Medios de la Red de Apoyo Canino (RAC), Mariant Lameda, quien explicó que la ley sólo establece un marco legal que regula las actividades de manejo, uso, tenencia y comercialización de los animales.
“Tiene un problema de enfoque, porque ve a los animales como una plaga que hay que controlar, para que no dañe ni invada el territorio del hombre. Por tanto, ni siquiera podríamos hablar de una legislación de protección animal, sino de protección al hombre que usa y utiliza a los animales de las maneras más diversas”.
“La ley permite la vivisección, los espectáculos con animales y la venta”, dijo Lameda. Cuestionó que la ley no establezca como medida obligatoria la esterilización de las mascotas en situación de abandono. “Sólo nombra la esterilización en uno de sus artículos, mientras que permite y regula la vivisección, los espectáculos con animales, la venta (…) solamente establece el marco legal para que estas actividades sean llevadas a cabo, sin perjuicio del hombre y su ambiente”.
A raíz de su publicación en Gaceta Oficial Nº 39.338, el Frente por los Derechos de los Animales introdujo una petición de abrogación de la ley ante el Tribunal Supremo de Justicia. Ante la falta de respuesta, han insistido en numerosas oportunidades al Parlamento sobre la necesidad de reformarla.
Una de las manifestaciones en contra de la legislación fueron las marchas simultáneas que se realizaron en 21 estados del país en mayo de 2011, movilizándose sólo en Caracas cerca de mil mascotas con sus dueños.
Entre las modificaciones propuestas está que “los animales no puedan o deban ser comercializados como se está haciendo, que se regule la cría y que se le tienda la mano a las organizaciones no gubernamentales como el brazo o el musculo que debería actuar cónsonamente con el Estado, en una relación de cordialidad y de ayuda, porque no vamos a poder resolver solas el problema de la fauna urbana en el estado de abandono”, dijo Lameda.
La representante de la Red de Apoyo Canino (RAC) calificó de “inoperante” el instrumento legal, afirmando que no se han creado las instituciones para hacerlo cumplir.
“En efecto han llegado muchas denuncias de maltrato animal a la Fiscalía, a las alcaldías y gobernaciones, pero no existen los mecanismos, engranajes y la institucionalidad que pueda hacer cumplir las sanciones pertinentes para cada caso”.
Agregó que a tres años de su promulgación, “en la mayoría de los municipios del país no se ha aplicado la primera multa por caso de maltrato animal”.
A su juicio, otro de los detalles que debe modificarse son las penalizaciones. “Sólo se establecen las penalizaciones de tipo pecuniario, es decir tú puedes ejercer maltrato contra un animal y la ley estipula cuánto vas a pagar por eso. Pero en ningún caso se establece una privativa de libertad (…) se sigue considerando al animal como un objeto”.
Mariant Lameda propone crear desde las alcaldías y gobernaciones las instancias correspondientes para el cumplimiento de las sanciones, porque “de lo contrario siempre se dependerá de la buena o mala voluntad del dirigente de turno, y eso deja en un estado de vulnerabilidad muy grande a los animales”.
Aspectos relevantes de la normativa
•Delega en las alcaldías la competencia de vigilar el buen trato de la fauna doméstica en los circos (artículo 17).
•Cada autoridad municipal debe crear un centro de rescate, recuperación y atención de la fauna doméstica (artículo 35).
•Obliga a las ONG relacionadas con la fauna doméstica a registrarse ante el municipio correspondiente (artículo 37).
•Exige a los dueños de mascotas las medidas correspondientes para evitar daños a terceros (artículo 18).
•En caso de ocasionar daños, se obliga a los propietarios a responder por ellos (artículo 24).
•Ordena el registro de la mascota ante el municipio (artículo 21).
•Establece las restricciones a la tenencia privada de mascotas, en contra de aquellos dueños que regularmente los maltratan o someten a situaciones de humillación (artículo 32).
•Restringe desde ya la propiedad y tenencia de Pitbulls, Terrier Americano, Bull Terrier Staffordshire, Terrier Americano Staffordshire y sus mestizajes y aquellos que los posean deberán tenerlos en cautividad.
•Se incorpora a los consejos comunales como entes conciliadores para la convivencia de los vecinos con las mascotas (artículo 25).
•Democratiza el comercio de mascotas y se incorpora un mecanismo de regulación por parte de la autoridad municipal (artículo 48).
•Se prohíbe específicamente: abandonar en la vía pública animales vivos o muertos, maltratarlos, agredirlos o causarles prácticas que les ocasionen, sufrimiento, dolor o muerte; practicarles mutilaciones, usarlos como blanco de tiro, castrarlos sin anestesia, mantenerlos en condiciones de hacinamiento.
La Red de Apoyo Canino (RAC) hace énfasis en la necesidad de que todo aquel que tenga conocimiento o sepa que el propietario de un animal doméstico o cualquier otra persona está infringiendo la ley, puede interponer su denuncia directamente en las oficinas de las alcaldías, que deberá iniciar, sustanciar y resolver los casos de que tenga conocimiento.
“Lamentablemente son pocos los gobierno municipales que actúan conforme a lo dispuesto en la ley, por lo que está en nuestras manos promover el cumplimiento de la misma, instando a la creación de los unidades de gestión municipal para la fauna doméstica y centros de rescate, que garanticen que estos animales van a ser recuperados, atendidos y puestos en adopción”.
Entre dos y tres casos diarios de maltrato animal registran las organizaciones no gubernamentales de protección y defensa de los animales, de los cuales muchos “han llegado a las alcaldías, gobernaciones y a la Fiscalía General de la República, pero no han sido resueltos”.
Hay quienes son testigos de casos de maltrato, crueldad, de abandono y muerte de los animales domésticos, actos que deben ser castigados.
A continuación conozca el proceso para denunciar a los infractores:
•En primer lugar hay que estar seguro de lo que está ocurriendo y no dejarse llevar por las emociones.
•Utilizar el diálogo para educar al responsable del animal y lograr un cambio positivo. Si esto no ocurre, el caso debe canalizarse a instancias mediadoras como consejos comunales o jueces de paz.
•Denunciar el maltrato animal es siempre un compromiso. Debe estar seguro de que podrá hacerle seguimiento al expediente y que la solución sea favorable para el afectado.
•La Red de Apoyo Canino explica que la materia de fauna doméstica es competencia de las alcaldías. En ese sentido, la primera instancia a la que debe acudir es a la policía municipal.
•Se recomienda llevar pruebas, es decir foros o testigos para respaldar su denuncia.
•Sugieren tomar nota de los números telefónicos de las autoridades que llevan el caso, para presionar constantemente.
Fuente: Noticias 24
Por:Aniger Esteves / Departamento de Investigación /Noticias24
Cámara y edición: Erwins Blanco/Noticias24